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LEY Nº 297
BOCBA 860 Publ. 17/01/2000

Artículo 1º: Institúyese el premio "Jornadas Estudiantiles de los Derechos Humanos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", que se otorgará a los cinco (5) mejores trabajos originales presentados sobre la temática, en cada uno de los niveles educativos, por los alumnos que cursan en los establecimientos estatales y privados de la Ciudad.

Art. 2º: Una Comisión integrada por representantes de la Secretaría de Educación, Secretaría de Cultura, Comisión de Derechos Humanos del Gobierno de la Ciudad, y de la Comisión de Derechos Humanos de la Legislatura elaborará anualmente las pautas para la participación y establecerá el reglamento de las Jornadas.

Art. 3º: La Secretaría de Educación invitará a participar a los alumnos de los establecimientos educativos de la jurisdicción y pondrá en conocimiento las pautas elaboradas por la comisión mencionada en el art. anterior.

Art. 4º: Los trabajos a presentar podrán ser de carácter individual o colectivo.

Art. 5º: El Jurado estará compuesto por 4 miembros designados por el Poder Ejecutivo, 3 designados por la Legislatura y 2 representantes de organismos de Derechos Humanos.

Art. 6º: Los trabajos seleccionados integrarán la muestra anual estudiantil de derechos humanos de la Ciudad.

Art. 7º: El premio consistirá en la entrega de diploma de participación en las “Jornadas Estudiantiles de los Derechos Humanos de la Ciudad de Buenos Aires“ y de un libro para cada unos de los autores premiados, asi como un diploma de reconocimiento por el acompañamiento y material bibliográfico para los docentes y el establecimiento educativo de cada alumno premiado. (Conforme texto Art. 1º de la Ley Nº 3.498, BOCBA 3491 del 27/08/2010).

Art. 8º: Se otorgará diploma al trabajo más votado por los concurrentes a la Muestra Anual.

Art. 9º: Harán entrega de los premios representantes del Poder Ejecutivo, de la Legislatura y representantes de Organismos de Derechos Humanos.

Art. 10º: Los gastos que demande la implementación de la presente ley se imputarán a la Jurisdicción 55, -Secretaría de Educación-, del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, Ejercicio 2000 y subsiguientes.


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