Buenos Aires, 20 de noviembre de 2001.-

 

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

 

Artículo 1º.- Apruébese el Protocolo de Hermanamiento celebrado entre la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada por el Señor Jefe de Gobierno, y el Gobierno de la Xunta de Galicia, representada por su Presidente, el Dr. Manuel Fraga Iribarne, cuya copia certificada obra como Anexo de la presente ley.

Artículo 2.- Comuníquese, etc.

CECILIA FELGUERAS

JUAN MANUEL ALEMANY

LEY N° 684

Sanción: 20/11/2001

Promulgación: Decreto Nº 2.129/001 del 27/12/2001

Publicación: BOCBA N° 1352 del 04/01/2002