Buenos Aires, 05 de agosto de 2010.-
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1°.- Apruébase el Convenio Marco de Colaboración Cultural suscripto el 07 de Abril de 2010, entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado en dicho acto por el señor Jefe de Gobierno, Ing Mauricio Macri y la Municipalidad de Tilcara, Provincia de Jujuy, representada en dicho acto por el señor Intendente Félix Pérez y registrado como Convenio N° 04/10, cuya copia certificada se adjunta como anexo y como tal forma parte integrante de la presente Ley.
Artículo 2°.- Comuníquese, etc.
OSCAR MOSCARIELLO
CARLOS PÉREZ
LEY N° 3.518
Sanción: 05/08/2010
Promulgación: Decreto N° 667/010 del 26/08/2010
Publicación: BOCBA N° 3496 del 03/09/2010
Nota: El Anexo de la presente Ley fue publicado en la Separata del BOCBA N° 3496 del 03/09/2010