ORDENANZA Nº 32.000
B.M. 15.154 Publ. 27/11/1975
Artículo 1º — Autorízase al Departamento Ejecutivo para facilitar a sociedades de fomento, clubes no profesionales y a las escuelas y/o colegios del Ministerio de Cultura y Educación en carácter precario y gratuito, herramientas, maquinarias y/o cualquier otro elemento necesario para realizar trabajos de mejoramiento o reparaciones, tanto en las instalaciones de dichas instituciones como en la vía pública en este último caso bajo la supervisión del personal especializado de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires.
Art. 2º — Dichas cesiones se efectuarán cuando lo solicitado no afecte el normal desarrollo de las actividades programadas por la Comuna.
Art. 3º — Asimismo, queda facultado para fijar los períodos de tiempo dentro de los cuales deberán ser reintegrados por parte de los beneficiarios, lo que hayan solicitado.